Calculadora de Finiquito e Indemnización por Despido
Calcula el finiquito y la indemnización por despido en España a partir del salario bruto anual, la antigüedad y el tipo de despido. Compara los días por año y los topes del despido improcedente y el despido objetivo.
Diferencias de indemnización según el tipo de despido
En España, los días por año de servicio y el tope aplicable a la indemnización varían según el tipo de despido.
| Tipo de despido | Días por año de servicio | Tope |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días (45 días por el periodo anterior al 12/02/2012) | 24 mensualidades (42 si hay periodos mixtos) |
| Despido objetivo | 20 días | 12 mensualidades |
| Despido disciplinario procedente / baja voluntaria | No aplica | No aplica (solo finiquito) |
Sea cual sea el motivo del despido, el finiquito (vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra) siempre se genera de forma independiente.
Qué son el finiquito y la indemnización por despido
En España, sea cual sea el motivo por el que termina la relación laboral, la empresa está obligada a abonar al trabajador un finiquito. El finiquito incluye los días de vacaciones no disfrutados y, si las pagas extra no están ya prorrateadas en la nómina mensual, la parte proporcional que corresponda por los días trabajados. Además, según el tipo de despido, puede generarse una indemnización, calculada a partir de la antigüedad y el salario diario según los días por año y el tope que marca la ley.
El importe de la indemnización varía mucho según el motivo del despido. Un despido improcedente, es decir, aquel para el que la empresa no acredita una causa justificada, se indemniza con 33 días de salario por año trabajado (45 días por la parte anterior al 12 de febrero de 2012), mientras que un despido objetivo por causas económicas o técnicas se indemniza con 20 días por año, ambos con su correspondiente tope de mensualidades. En cambio, un despido disciplinario procedente o una baja voluntaria generan finiquito pero no indemnización. Con solo indicar el salario bruto anual, el periodo del contrato y el tipo de despido, esta herramienta calcula el desglose completo del importe estimado a percibir.
Fuentes utilizadas en este cálculo
Los valores legales, como los tipos impositivos y las cuotas de los seguros, provienen de los organismos públicos que se indican a continuación. Cambian cuando se reforma la normativa, por lo que le recomendamos consultar también la fuente original antes de tomar una decisión importante.
- Tarifas diarias y topes de la indemnización por despido en España — Boletín Oficial del Estado (BOE) Vigente desde 2012-02 / Última comprobación: 2026-09-05
Cómo usar la calculadora de finiquito
- Introduce tu salario bruto anual Indica el salario bruto anual total, antes de retenciones e impuestos, incluyendo las pagas extra.
- Introduce la fecha de inicio y de fin del contrato La fecha de fin debe ser el día en que el despido o la baja surte efecto realmente.
- Introduce los días de vacaciones no disfrutados Indica cuántos días de vacaciones anuales te quedan por disfrutar en el momento del despido.
- Indica si las pagas extra están prorrateadas Selecciona "prorrateadas" si ya van incluidas en tu nómina mensual, o "no prorrateadas" si se cobran aparte.
- Selecciona el tipo de despido y consulta el resultado Al elegir entre despido improcedente, despido objetivo o despido disciplinario procedente/baja voluntaria, verás el desglose de finiquito e indemnización y el importe total estimado.
Consejos para aprovecharla mejor
- El cálculo de la parte proporcional de pagas extra asume que aún no has cobrado ninguna este año natural: si ya cobraste una a mitad de año, ajusta tú mismo la cifra para no duplicarla.
- Si llevas trabajando desde antes del 12 de febrero de 2012, con indicar correctamente la fecha de inicio del contrato basta para que el prorrateo entre el criterio antiguo y el nuevo se aplique automáticamente.
- Esta herramienta muestra solo el mínimo legal. Si tu convenio colectivo o tu contrato individual reconocen una indemnización superior, prevalece esa cantidad mayor.
- La calificación del despido que figura en la carta de despido (procedente, improcedente o nulo) puede ser modificada por el juzgado de lo social.
- Tanto el finiquito como la indemnización pueden estar exentos de IRPF hasta ciertos límites. Conviene confirmar el tratamiento fiscal exacto con un profesional.
Cuándo puede servirte esta herramienta
Comprobar la oferta de finiquito de tu empresa
Calcula aquí el mínimo legal y compáralo con lo que te ha ofrecido la empresa, para saber si se ajusta al mínimo legal o si queda por debajo.
Comparar el importe entre despido improcedente y despido objetivo
Con la misma antigüedad y el mismo salario, la indemnización puede variar mucho según el tipo de despido (33 días/año frente a 20 días/año). Cambia el tipo de despido para ver la diferencia.
Calcular la indemnización de trabajadores con antigüedad anterior a la reforma de 2012
Si llevas trabajando desde antes del 12 de febrero de 2012, esa parte de tu antigüedad se calcula con el criterio anterior de 45 días/año. Basta con indicar la fecha de inicio del contrato para que el prorrateo entre el criterio antiguo y el nuevo se calcule automáticamente.
Conocer el finiquito antes de causar baja voluntaria
Sirve también para calcular solo la parte del finiquito (vacaciones y pagas extra pendientes), que se genera sea cual sea el motivo de la baja.
Glosario
- Finiquito
- La liquidación que la empresa debe abonar al trabajador cuando termina la relación laboral, sea cual sea el motivo. Incluye los días de vacaciones no disfrutados y, si no están ya prorrateadas, la parte proporcional de las pagas extra.
- Indemnización
- La compensación económica que fija la ley según el tipo de despido (improcedente, objetivo, etc.), calculada a partir de la antigüedad y el salario diario medio. No se genera en el despido disciplinario procedente ni en la baja voluntaria.
- Pagas extra
- Las gratificaciones extraordinarias habituales en España, distintas de la nómina mensual ordinaria (normalmente dos al año, en verano y en Navidad). Pueden estar prorrateadas en la nómina mensual o cobrarse aparte.
- Salario bruto anual
- El salario bruto anual total, antes de retenciones e impuestos, que sirve de base para calcular el salario diario en la indemnización por despido. Debe incluir las pagas extra.
- Reforma laboral de 2012 (Real Decreto-ley 3/2012)
- La reforma del mercado laboral que entró en vigor el 12 de febrero de 2012 y redujo los días por año del despido improcedente de 45 a 33, y el tope de 42 a 24 mensualidades. Los contratos anteriores a esa fecha tienen un régimen transitorio.
Preguntas frecuentes
A propósito — por qué la indemnización por despido bajó casi a la mitad a partir de 2012
El Real Decreto-ley 3/2012, que entró en vigor el 12 de febrero de 2012, se aprobó como pieza central de la reforma laboral en plena crisis de la deuda europea. Hasta entonces, el despido improcedente se indemnizaba con 45 días de salario por año trabajado y un tope de 42 mensualidades, una de las cifras más generosas de Europa. La reforma la redujo a 33 días por año y un tope de 24 mensualidades, con el objetivo de abaratar el despido, favorecer la contratación y frenar una tasa de paro que entonces superaba el 25%.
Lo interesante es que la reforma no trasladó de golpe a todos los trabajadores al nuevo criterio. Para quienes ya venían trabajando antes de la entrada en vigor, el periodo anterior a esa fecha se calcula con el criterio antiguo (45 días/año) y el posterior con el nuevo (33 días/año). Esto hace que, cuanto mayor es la antigüedad, mayor es también el peso del criterio antiguo, de modo que dos compañeros de la misma empresa pueden tener derecho a una indemnización distinta simplemente por llevar más o menos tiempo contratados.
La reforma encontró una fuerte oposición sindical, que se tradujo en varias huelgas generales a lo largo de 2012, mientras que el mundo empresarial la respaldó como una forma de facilitar la contratación. Más de una década después, el criterio de 33 días/año con un tope de 24 mensualidades sigue vigente, y se considera uno de los puntos de inflexión más importantes del derecho laboral español reciente.