Calculadora Combinada de Beneficio Especial y Aportación Especial | Simula la Cuota Concreta en la División de la Herencia

Introduce el valor total del patrimonio hereditario junto con el importe del beneficio especial y de la aportación especial de cada heredero, y calcula al instante el patrimonio ficticio, la cuota legal y la cuota concreta, teniendo en cuenta a la vez los Artículos 903 y 904-2 del Código Civil de Japón. Un simulador gratuito.

En una división hereditaria real, es habitual que un heredero que recibió donaciones en vida (beneficio especial) y un heredero que contribuyó a mantener o incrementar el patrimonio del causante (aportación especial) estén ambos en juego al mismo tiempo. Esta herramienta calcula un único "patrimonio ficticio" que refleja tanto la colación de beneficios especiales (Artículo 903 del Código Civil, sumada al patrimonio) como la deducción de la aportación especial (Artículo 904-2 del Código Civil, deducida del patrimonio), y estima la cuota concreta de cada heredero. Si en tu caso solo se aplica uno de estos supuestos, es más sencillo usar por separado la calculadora de colación de beneficios especiales o la calculadora de aportación especial.

Simula a partir del patrimonio hereditario, la composición de los herederos, los beneficios especiales y los importes de aportación

Tratar a la vez anticipos y aportaciones

En una junta de partición real es corriente encontrar, dentro de la misma familia, a un heredero que recibió una donación en vida junto a otro que sostuvo al causante con cuidados o con el negocio familiar y contribuyó así a conservar o aumentar el patrimonio. El primero se suma de nuevo al caudal como anticipo, conforme al artículo 903 del Código Civil japonés, mientras el segundo se deduce de él como aportación, conforme al artículo 904-2: dos ajustes que tiran en sentidos opuestos y han de hacerse a la vez.

Esta herramienta produce el caudal ficticio que refleja ambos simultáneamente y estima la cuota efectiva de cada heredero. La secuencia es: sumar al caudal las donaciones en vida computables como anticipo (los legados no se suman, porque ya forman parte de él), deducir las aportaciones para obtener el caudal ficticio, multiplicar por cada cuota legal y, por último, restar las donaciones y legados recibidos y sumar la aportación de cada persona para llegar a su cuota efectiva. Cuando solo concurre una de las dos situaciones, resulta más sencillo emplear por separado la calculadora de colación o la de aportaciones.

Fuentes utilizadas en este cálculo

Los valores legales, como los tipos impositivos y las cuotas de los seguros, provienen de los organismos públicos que se indican a continuación. Cambian cuando se reforma la normativa, por lo que le recomendamos consultar también la fuente original antes de tomar una decisión importante.

Cómo obtenemos y mantenemos estas cifras

Cómo estimar las cuotas efectivas

  1. Introduzca el valor total de la herencia El valor conjunto de los bienes que existen realmente al abrirse la sucesión.
  2. Introduzca la composición de los herederos Indique cuántos hay de cada clase entre cónyuge, hijos y ascendientes (padres, etc.). De ahí salen las cuotas legales.
  3. Introduzca las donaciones en vida y los legados de cada heredero Introduzca por separado las donaciones en vida computables como beneficio especial y los legados. Las donaciones se suman al caudal; los legados no, porque ya están incluidos en el valor total del patrimonio. Ambos se restan de la cuota de quien los recibió. Déjelos en cero para quienes no proceda.
  4. Introduzca la aportación de cada heredero El incremento por una aportación especial a conservar o aumentar el patrimonio, como prestar cuidados o trabajar en el negocio familiar.
  5. Revise el caudal ficticio y las cuotas efectivas Tras las sumas y las deducciones, verá lo que cada persona recibe realmente.

Consejos para aprovecharla mejor

  • Si en tu caso solo se aplica el beneficio especial o solo la aportación especial, las calculadoras dedicadas por separado (colación de beneficios especiales, aportación especial) tienen campos de entrada más sencillos y son más fáciles de seguir.
  • En la práctica, el enfoque habitual es sumar primero al patrimonio las donaciones en vida que constituyen beneficio especial (los legados no se suman) y, después, deducir la aportación especial, para llegar al "patrimonio ficticio". Esta herramienta calcula automáticamente en ese orden.
  • Un ascendiente directo (padre, madre, etc.) no hereda si hay al menos un hijo vivo o un heredero sustituto. La calculadora excluye automáticamente esas filas del cálculo en ese caso.
  • Una aportación especial no puede superar el valor del patrimonio al abrirse la sucesión menos el valor de los legados (Artículo 904-2, párrafo 3, del Código Civil). Esta herramienta muestra un aviso si esto ocurre, pero en la práctica es necesario revisar el importe de la aportación.
  • Si un pariente no heredero, como el cónyuge de un hijo o hija, contribuyó con cuidados de enfermería, eso corresponde a la "aportación especial por cuidados" (Artículo 1050 del Código Civil), no a la aportación especial. Ten cuidado de no confundir ambos conceptos.

Situaciones en las que resulta útil

Cuidados y donaciones en la misma familia

Calcule de una vez las cuotas cuando un hijo cuidó de un progenitor y otro recibió ayuda para comprar vivienda.

Preparar la junta de partición

Compartir las cifras de antemano sitúa el punto de partida de la discusión en la aritmética y no en los sentimientos.

Fijar expectativas antes de una mediación

Como el cálculo sigue el razonamiento de un tribunal de familia, da una idea de dónde puede quedar el asunto.

Medir el peso de una reclamación de aportación

Variar la cifra de la aportación muestra cuánto se mueven las cuotas si la reclamación prospera.

Términos de la partición explicados

Anticipo
Legado o donación en vida recibido por un heredero que cuenta como adelanto de su herencia. Las donaciones en vida se suman de nuevo al caudal; los legados no, porque ya forman parte de él. Ambos se restan de la cuota de quien los recibió.
Aportación
El incremento reconocido al heredero que hizo una aportación especial a conservar o aumentar el patrimonio del causante. Se deduce del caudal.
Caudal ficticio
El valor nocional que sirve de base al cálculo: el caudal más las donaciones en vida computables como anticipo, menos las aportaciones. Los legados no se suman, porque ya forman parte del caudal.
Cuota legal
La proporción que el Código Civil asigna a cada heredero. Cónyuge e hijos toman una mitad cada parte, por ejemplo; el reparto varía según quiénes sean los herederos.
Cuota efectiva
Lo que cada persona recibe finalmente: el caudal ficticio por la cuota legal, menos su anticipo y más su aportación.
Junta de partición
La reunión en que todos los herederos acuerdan cómo se divide la herencia. Exige la conformidad de todos.

Preguntas frecuentes

En la práctica, el enfoque habitual es sumar primero al patrimonio las donaciones en vida que constituyen beneficio especial (los legados no se suman) y, después, deducir la aportación especial, para llegar al "patrimonio ficticio". Esta herramienta también calcula automáticamente en ese orden.

Incluso cuando un mismo heredero tiene tanto un beneficio especial como una aportación especial, esta herramienta aplica directamente el cálculo de "restar su propio beneficio especial de la cuota original y luego sumar su propia aportación especial".

Si en tu caso solo se aplica uno de estos supuestos, te recomendamos usar por separado la calculadora de colación de beneficios especiales o la calculadora de aportación especial, ya que sus campos de entrada son más sencillos.

Dado que una aportación especial no puede superar el valor del patrimonio al abrirse la sucesión menos el valor de los legados (Artículo 904-2, párrafo 3, del Código Civil), esta herramienta muestra un aviso cuando se supera. En la división real de la herencia, el importe de la aportación debe revisarse.
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A propósito — Cuando el beneficio especial y la aportación especial se convierten en un problema "al mismo tiempo"

El beneficio especial (Artículo 903 del Código Civil) y la aportación especial (Artículo 904-2 del Código Civil) son ambos sistemas de ajuste orientados a la equidad en la división hereditaria, pero sus direcciones son exactamente opuestas. El beneficio especial es un ajuste en el sentido de suma que "reduce la cuota de quien ya recibió demasiado", mientras que la aportación especial es un ajuste en el sentido de deducción que "aumenta la cuota de quien contribuyó mucho".

En una sucesión real, no es raro que ambas cuestiones se planteen al mismo tiempo. Por ejemplo, el hijo mayor pudo haber ayudado sin remuneración en el negocio familiar y contribuido a mantener el patrimonio, mientras que el hijo menor recibió una donación en vida cuantiosa como fondos para comprar una vivienda. En esta situación, solo se puede obtener una cuota concreta justa si se tienen en cuenta tanto la aportación especial del hijo mayor como el beneficio especial del hijo menor.

La práctica habitual consiste en sumar primero al patrimonio las donaciones en vida que constituyen beneficio especial (los legados no se suman, porque ya forman parte de él), deducir después la aportación especial para obtener un "patrimonio ficticio", calcular a partir de ahí la cuota legal de cada heredero y, finalmente, restar los beneficios especiales propios de cada uno (donaciones y legados) y sumar de nuevo su propia aportación especial. Sin embargo, este orden de cálculo no es el único método establecido, y los factores que un tribunal de familia pondera pueden variar según el caso.

Una división hereditaria en la que están implicados tanto un beneficio especial como una aportación especial es también un escenario clásico en el que las reclamaciones de los herederos tienden a chocar. Una simulación integrada como esta se utiliza mejor como punto de partida aproximado para la conversación, no como una respuesta definitiva.